Cuando un deudor no puede pagar la totalidad de su adeudo en los términos originalmente pactados, una opción es celebrar un convenio de pago o reestructuración. Este tipo de acuerdos permite modificar las condiciones originales de la deuda (plazos, montos, intereses, etc.) para facilitar que el deudor cumpla con su obligación.
Un convenio de pago bien estructurado debe establecer con claridad el monto total adeudado, los plazos y montos de los pagos parciales, la forma de pago, y las consecuencias del incumplimiento. También es recomendable incluir cláusulas sobre el reconocimiento de la deuda por parte del deudor y, en su caso, sobre la renuncia a ciertas excepciones o defensas.
La reestructuración de adeudos puede ser especialmente útil cuando el deudor tiene voluntad de pagar pero enfrenta dificultades temporales. En estos casos, un convenio bien diseñado puede permitir que el acreedor recupere una parte importante de su crédito, en lugar de perderlo todo si el deudor cae en insolvencia.
Es importante que estos convenios se celebren por escrito y, preferentemente, se formalicen ante notario o se ratifiquen ante autoridad competente. Esto les da mayor fuerza ejecutiva en caso de que el deudor incumpla posteriormente.
También es recomendable que, antes de celebrar un convenio de pago, se realice un análisis de la situación patrimonial del deudor. Si el deudor no tiene bienes suficientes para responder por la deuda, puede ser más conveniente negociar una quita (reducción del adeudo) a cambio de un pago inmediato, que continuar con un convenio que probablemente no se cumpla.
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